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Otras Actividades de Aire Libre en Castilla y León

Actualizado: 30 sept 2022

Actualmente todas las actividades de Ocio y Tiempo libre vienen reguladas a nivel autonómico por cada Comunidad. Dentro de todas las Comunidad Autónomas del territorio nacional, la más desarrollada dentro de este ámbito es Castilla y León, la cual desarrolla una legislación no solo para las actividades de Ocio y Tiempo libre de más de cuatro pernoctas (que viene siendo lo general a nivel nacional), si no también para las actividades de Aire Libre inferiores a las cuatro pernoctas.






Son actividades centradas en aspectos lúdicos, recreativos o formativos que se realizan en el ámbito de la educación no formal, cuyos destinatarios son los jóvenes.


Las denominadas "otras actividades juveniles de tiempo libre", engloban las actividades organizadas por entidades o personas en las que participan jóvenes. Estas actividades no tienen o no superan las 5 pernoctaciones (acampadas de fin de semana, campamentos urbanos sin pernoctaciones, talleres o actividades de fin semana, etc…)


Para la realización de la actividad se requiere tener presente durante el desarrollo de la misma, y a disposición de la autoridad competente, la siguiente documentación acreditativa:


  • Comunicación previa.

  • Autorización del propietario del terreno o instalación.

  • Autorizaciones de padres o tutores.

  • Evaluación de riesgos realizada por un titulado de nivel. Si de la misma se deriva un riesgo superior al tolerable, por la naturaleza de las actividades a desarrollar, sería necesario contar con un seguro de responsabilidad civil.

  • Protocolo de seguridad (lo realiza el responsable de la actividad para garantizar la seguridad en aquellos tiempos excluidos normativamente de la evaluación de riesgos: aseo, espacios sin actividad, tiempos de descanso… Comprende básicamente la distribución de tareas entre responsables para que los participantes en la actividad se encuentren debidamente atendidos de forma permanente).

  • Plan de seguridad y emergencia que puede incluir: sistemas de evacuación y plano, direcciones de asistencia sanitaria, protocolo de asistencia sanitaria, protocolo de evacuación y distribución de tareas entre el equipo de responsables.

  • Titulaciones acreditativas de los responsables de la actividad según lo descrito en el artículo 40 del Decreto referenciado.

  • Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales de cada uno de los responsables de la actividad.

  • Contar con un medio de transporte.




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